DESIGNACIÓN DE ADJUDICADORES

La designación de adjudicadores para integrar las Juntas de Prevención y Resolución de Disputas (JPRD) administradas por el Centro se realiza bajo principios de imparcialidad, especialización y transparencia, garantizando que cada profesional seleccionado cuente con las competencias requeridas para acompañar y resolver técnicamente las controversias que surjan durante la ejecución contractual.


Designación de las partes

  • Designar directamente a los adjudicadores, de común acuerdo.
  • Proponer candidatos individuales, en cuyo caso el Centro verifica cumplimiento de requisitos y disponibilidad.
  • Solicitar al Centro que efectúe la designación directa o intervenga como autoridad nominadora, cuando no haya acuerdo entre las partes o se configure una vacancia.

Designación por el Centro
Cuando el Centro actúe como entidad administradora o autoridad nominadora, el Consejo Superior de Arbitraje y Junta de Resolución de Disputas realiza la designación, aplicando criterios como:


  • Especialización técnica o jurídica, según el objeto del contrato.
  • Experiencia comprobada en contratación pública o resolución de disputas.
  • Imparcialidad, independencia y solvencia ética.
  • Equidad en la distribución de designaciones dentro de la Nómina de Adjudicadores.

ACEPTACIÓN A LA DESIGNACIÓN

Una vez designado, el adjudicador propuesto deberá aceptar formalmente el encargo para que su designación surta efecto y el procedimiento pueda continuar. La aceptación implica un compromiso de actuar con independencia, imparcialidad, confidencialidad y diligencia, conforme a los reglamentos del Centro y el Código de Ética del Centro.

Plazo para aceptar
El árbitro cuenta con un plazo de cinco (05) días hábiles desde que es notificado por la Secretaría General para remitir su aceptación formal. Si no lo hace en dicho plazo, se considera que declina tácitamente el encargo, y se procederá a su reemplazo.

Documentos a remitir
Para formalizar la aceptación, el árbitro debe presentar:

  • Carta de aceptación del cargo, dirigida al Centro.
  • Declaración jurada de independencia, imparcialidad y disponibilidad, en el formato establecido por el Centro.

La Secretaría General valida la documentación y notifica su recepción a las partes. Solo después de esta aceptación formal el adjudicador puede asumir funciones dentro del proceso.

FORMATOS REQUERIDOS

📄

Declaración jurada de aceptación, disponibilidad, imparcialidad e independencia.

Documento formal que confirma la disposición a actuar como adjudicador en el caso.

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