JUNTA DE PREVENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE DISPUTAS (JPRD)

La Junta de Prevención y Resolución de Disputas (JPRD) es un mecanismo especializado en la prevención y solución temprana de controversias durante la ejecución de contratos, aplicable a proyectos de infraestructura, bienes y servicios, conforme a la Ley N° 32069.

A diferencia de otros mecanismos, la JPRD acompaña el desarrollo del contrato desde su inicio, garantizando una gestión eficiente y técnica.

Características principales

  • Acompañamiento permanente: Actúa desde el inicio del contrato, emitiendo opiniones técnicas preventivas y decisiones vinculantes según corresponda, con el fin de mantener la continuidad del proyecto.
  • Enfoque colaborativo: Reduce paralizaciones y fomenta un entorno de colaboración entre las partes.
  • Respaldo institucional: Es administrada por el Centro de Arbitraje y Junta de Prevención y Resolución de Disputas Ad Hoc, operando con profesionales inscritos en el Registro de Adjudicadores del OECE.
  • Agilidad: Acompaña de forma permanente a las partes, emitiendo decisiones en plazos breves, dentro del nuevo marco normativo vigente.

CONFORMACIÓN DE LA JPRD

Adjudicador Único

En esta modalidad, la JPRD está integrada por un solo profesional en ingeniería o arquitectura especializado en la materia del contrato. Está prevista para contratos de menor envergadura o ejecución menos compleja, permitiendo una gestión más ágil de las controversias que puedan surgir durante la ejecución contractual.

Obligatoriedad

En Contratación Pública, conforme al Reglamento de la Ley General de Contrataciones Públicas (D.S. N° 009-2025-EF), la JPRD debe conformarse de forma obligatoria en contratos de obra cuyo monto sea igual o superior a diez millones de soles (S/ 10 000 000).

Uso facultativo

En contratos privados, las partes también pueden pactar esta modalidad expresamente cuando lo consideren pertinente.

JPRD Colegiada

Conformada por tres miembros, esta modalidad está prevista para contratos de mayor complejidad técnica, duración o cuantía. Los tres adjudicadores actúan en conjunto, deliberan y emiten decisiones por mayoría, asegurando pluralidad de criterio y mayor rigor técnico.

Obligatoriedad

En Contratación Pública, bajo la supervisión del OECE, es obligatoria en contratos de obra que superen los cincuenta millones de soles (S/ 50 000 000), garantizando un acompañamiento técnico multidisciplinario durante toda la ejecución.

IMPORTANCIA DE LAS JPRD

Las Juntas de Prevención y Resolución de Disputas (JPRD) cumplen un rol clave en la gestión eficiente de contratos, especialmente en obras públicas y suministros complejos.

Su principal valor radica en su carácter preventivo, acompañando la ejecución desde el inicio para resolver discrepancias de forma oportuna, técnica y neutral, antes de que escalen a arbitrajes costosos o paralicen el proyecto.

Al estar integradas por especialistas con trayectoria verificada por el Centro y el OECE, las JPRD fomentan la continuidad operativa y la confianza entre las partes.

Este mecanismo es efectivo para:

  • Reducir conflictos contractuales prolongados.
  • Evitar la paralización de obras y sobrecostos.
  • Promover soluciones técnicas mediante opiniones consultivas.
  • Disminuir la judicialización de controversias.
  • Asegurar el cumplimiento del objeto contractual.

FORMATOS PARA DESCARGAR

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Solicitud de Conformación de JPRD

Documento formal para solicitar la creación de una JPRD para su proyecto.

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Modelo de Contrato Tripartito

Documento base para regular las relaciones entre las partes y la JPRD.

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