La incorporación a la Nómina General de Árbitros y/o a la Nómina de Árbitros en Contratación Pública se realiza previa evaluación técnica por parte del Consejo Superior de Arbitraje y Junta de Prevención y Resolución de Disputas del Centro. La evaluación se lleva a cabo periódicamente y sigue criterios de idoneidad profesional, trayectoria y solvencia ética.
También existe la posibilidad de invitación directa, dirigida a profesionales de reconocido prestigio, a propuesta del Consejo y con aprobación del Director del Centro.
El procedimiento regular de incorporación a la Nómina de Árbitros del Centro se inicia a solicitud del interesado, quien deberá presentar los formatos establecidos y acreditar el cumplimiento de los requisitos correspondientes.
La Secretaría General verifica que la documentación esté completa y, de ser conforme, remite la postulación al Consejo Superior de Arbitraje y JPRD, órgano encargado de su evaluación.
La evaluación es confidencial, objetiva y técnica, y se realiza conforme a los criterios establecidos en el Reglamento Interno del Centro. El Consejo Superior de Arbitraje y JPRD no está obligado a expresar las razones de su decisión.
En caso de ser aprobada la postulación, el árbitro será incorporado por un período de dos (2) años, renovable. Si la solicitud es rechazada, se comunicará al postulante, sin obligación de fundamentar.
De manera excepcional, el Consejo Superior de Arbitraje puede proponer la incorporación de profesionales de reconocida trayectoria a la Nómina del Centro mediante invitación directa.
Esta modalidad aplica a especialistas que, por su prestigio, experiencia o aportes al arbitraje, cumplen con los estándares exigidos por el Centro y puedan contribuir al fortalecimiento técnico e institucional del sistema arbitral.
La invitación debe contar con la aprobación del Director del Centro, y no requiere que el invitado inicie el procedimiento regular ni presente solicitud previa.
La incorporación por esta vía también tiene una vigencia de dos (2) años, renovable conforme a los criterios establecidos en el Reglamento.